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Argumentos y acciones contra la “ley Sinde”

11.Enero.2010

Durante el pasado viernes día 8 el Gobierno de España aprobó en el primer Consejo de Ministros del año su paquete de medidas para cerrar webs de descargas, que escapa completamente de toda lógica. ¿Y en qué va a consistir? Pues de forma resumida el proceso será tal que así:

Los propietarios de derechos de autor (particulares o entidades) denunciarán ante una Comisión de Propiedad Intelectual a aquellos sitios que supuestamente infrinjan derechos de autor. Dicha comisión decidirá si infringen o no derechos de propiedad intelectual para, en los casos afirmativos, comunicárselo a los responsables de las webs. En este punto se abre plazo de alegaciones para dichos responsables tras el cual si la comisión administrativa entiende son insuficientes, se ordena la retirada del material protegido de los sitios. Finalmente si las presuntas infracciones persisten, solicitarán autorización ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional para bloquear o cerrar la web que toque, Sala que tendrá que resolver en un máximo de cuatro días. Recibida la autorización, la Comisión de Propiedad Intelectual hará efectiva la medida.

Esta es la explicación que más o menos han dado la mayoría de medios de comunicación sobre el nuevo procedimiento, recalcando una y mil veces que ahora aparece la figura del juez en el mismo, una de las cosas que se pedían en el #manifiesto. Pero eso, al igual que otras muchas cosas más que están saliendo en los medios de comunicación de boca de la Ministra de Cultura o algún representante de la asociación protectora de derechos de autor de turno, son verdades totalmente parcializadas y si nos ponemos a rascar un poco resulta que ante lo que realmente estamos es un galimatías administrativo y jurídico con un único objetivo: blindar, más, una industria cultural totalmente obsoleta que no es capaz a sustentar su arcaico modelo de negocio.

Pero estamos a tiempo de intentar frenar esta barrabasada, la normativa aún tiene que pasar por el Parlamento y por el Senado y además el Gobierno también necesita modificar varias leyes más si quiere ponerla en funcionamiento. Es necesario pues hacer entender al resto de fuerzas políticas y ciudadanía ante lo que realmente estamos y para eso esta pequeña “Guía básica de insurrección contra la normativa del Gobierno de España para cerrar webs”, que paso seguidamente a describir.

Tres pilares fundamentales la conforman: el primero, lo leído hasta aquí (una explicación general de la situación y la normativa), el segundo, argumentos contra la norma, el procedimiento y todo lo que les rodea y finalmente el tercero, acciones que puede emprender cualquier ciudadano con conexión a Internet para intentar que esto no llegue a aprobarse. Sin más dilación, al turrón.

Argumentos contra la normativa y el proceso

  • La nueva normativa carece de sentido. La Justicia española ya cuenta a día de hoy con herramientas suficientes para luchar contra los que se salten derechos de propiedad intelectual. Que esta siempre resuelva en contra de la industria no es culpa de nadie y menos de los ciudadanos
  • El poder ejecutivo intenta traspasarse competencias que son propias del judicial y con ello dinamita uno de los pilares fundamentales de cualquier democracia que es la separación de poderes
  • Se le da rango de derecho fundamental a la propiedad intelectual, algo que debería ser dilucidado con mucha más calma y por varios estamentos y no solamente por el ejecutivo
  • Si la normativa se aprueba, supondrá un agravio comparativo con otros sectores industriales y los propios ciudadanos. ¿Por qué la industria cultural tiene que tener “juicios rápidos” y el resto no?
  • Se va a cargar de más trabajo a la Audiencia Nacional, tribunal excepcional que se ocupa de los casos más graves, como por ejemplo los relacionados con terrorismo o corrupción
  • Los ciudadanos no somos los culpables de que un sector se esté muriendo por el avance tecnológico. Ha pasado lo mismo en innumerables ocasiones a lo largo de la historia y en ninguna se impulsó su supervivencia a base de leyes
  • Quien decidirá en primera instancia si hay o no infracción será una comisión administrativa, no un juez
  • Los jueces pasarán por encima del asunto, no decidirán si determinada web ha vulnerado derechos de propiedad intelectual
  • El proceso puede utilizarse contra cualquier sitio de la red que los demandantes consideren está violando derechos de propiedad intelectual, aunque el Gobierno asegure que solamente se usará contra “no más de 100 webs”
  • El intercambio de archivos o enlaces en sitios para facilitar el intercambio de los mismos no es delito en España. La ley está dando por supuesto que lo anterior es un delito al establecer una comisión para investigarlo
  • La normativa choca o vulnera varios artículos de la Constitución (2024.2)
  • No es de recibo que para llevar la nueva norma hacia delante el Gobierno tenga que modificar nada más y nada menos que cuatro leyes, una de ellas la Ley Orgánica del Poder Judicial

Acciones contra la normativa y el proceso

  • Si tienes acceso a medios tradicionales distribuye en ellos los argumentos citados anteriormente
  • Deja patente tu disconformidad con la normativa en tu cuenta de Twitter, Facebook o cualquier otro sitios social
  • Distribuye los argumentos aquí expuesto (u otros), en tu web o blog
  • Copia esta imagen donde quieras
  • Pide a resto de fuerzas políticas del país voten negativamente contra toda medida relacionada con la nueva normativa (vía Twitter por ejemplo: @ppopular, @iunida, @pnveaj, @ciu etc)
  • Inicia cualquier otra acción de lucha que se te ocurra y apoya las que conozcas
  • Contribuye a centralizar las quejas en determinados canales (si ya existe un grupo en Facebook de protesta, no crees otro, únete a ese)
  • Menea, retwittea y copia

Y poco más que añadir a lo dicho hasta aquí. Es el momento de que nosotros, los ciudadanos, actuemos. La red nos otorga un poder de presión tremendo, como ya vimos con el #manifesto el cual demostró que la línea entre la vida real e Internet ya está rota. Se consiguió forzar una reunión con la Ministra de Cultura, también hubo reuniones con representantes de otros partidos políticos y la revuelta impactó de lleno en los medios de comunicación masivos.

Aunque sea cierto que el objetivo máximo, la eliminación de la disposición primera, no se consiguió, eso no es razón para aflojar. ¿Qué es lo peor que puede pasar? Pues que todo se quede como está, pero eso ya lo tenemos seguro al cien por cien si no hay movilización.

Nos toca.

Texto extraído de Alt1040

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La “ley Sinde” para torpes

11.Enero.2010

Ley Sinde para torpes

Imagen vía makarras.org

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Artículo 20.5 de la constitución española

06.Diciembre.2009

Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

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Justificaciones escalofriantes a la Ley de la Patada en el Router: Es que los jueces aplicaban mal el Código Penal

06.Diciembre.2009

Corto y pego del blog de David Bravo, porque se puede decir más alto pero no más claro:

En el año de 2006, con la redada a páginas de enlaces, se produjo la que, según los medios de comunicación, fue la operación más importante contra la piratería en toda Europa. Poco después de las detenciones fueron muchos los que brindaron con champagne: los medios de comunicación escribían editoriales titulados “Piratas en la Red” y la por entonces Ministra de Cultura, Carmen Calvo, aparecía fotografiada junto a miembros de la policía y algunos artistas con gesto triunfal. La euforia era tan desmedida que la Federación Antipiratería condecoró a la brigada que realizó la operación y ACAM publicó una lista de “páginas desde las que se delinquía”, relegando el papel de los jueces a una cuestión de puro trámite y considerando que su labor se reducía a graduar la mayor o menor intensidad de una pena que se creía ineludible.

Nunca lo hemos contado, pero cuando Javier de la Cueva y yo acudimos al juzgado a la declaración de los imputados en el caso Sharemula, salimos de allí asombrados por la actitud de los que se sentaron en el estrado de enfrente: un abogado y dos abogadas que, literalmente, se reían de las respuestas de nuestro defendido y que se despidieron de nosotros con cara de haber presenciado un patético espectáculo de excusas desesperadas y estrafalarias. Después de aquello no volvimos a verlos porque los dos imputados en ese caso no tuvieron que regresar más al juzgado: el Juez decidió archivar directamente el asunto al considerar que la actividad denunciada no era delictiva. En el mismo sentido se pronunciaron diversos juzgados de diferentes ciudades de todo el país y, ante el fracaso de esta vía penal, se probó suerte en la civil. La última resolución en esta vía puede dar una idea del grado de frustración de la industria y del Ministerio de Cultura: el juzgado ordena reabrir dos páginas de enlaces a redes P2P condenando en costas a SGAE y, como guinda, multándola a ella misma por mala fe en su solicitud de cierre.

Para encontrarle una explicación, es en este contexto en el que debe analizarse la reforma incluida en el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible y que pretende apartar a los jueces para que ahora sea una comisión del propio Ministerio de Cultura -aquél que aplaudió las detenciones- el que decida sobre la licitud o ilicitud de estas páginas webs.

Aunque el puzle tiene sólo dos piezas y es fácil de encajar para cualquiera que no escriba editoriales en El Munto y El País, los abogados de la industria se están encargando de aclararlo mejor. Marisa Castelo, abogada que no hace mucho dijo que si el modelo en el que se basa el fenómeno de las descargas sigue degenerando ve “a la gente asaltando los concesionarios de coches”, dio hace pocos días una entrevista online en ABC donde puso las cartas sobre la mesa. Tras defender a ultranza esta reforma y, ante la pregunta de si se “ganan muchas demandas por violaciones de propiedad intelectual en internet”, la letrada contesta: has dado en el clavo :-) (con smiley en el original). Es decir, el quid de la cuestión de esta reforma se encuentra en que la industria no está ganando muchas demandas (de hecho, en casos de páginas de enlaces han ganado un total de cero) y de ahí la necesidad de una ley cuyo objeto no es otro que trasladar el poder de decisión de los jueces al Ministerio de Cultura. En palabras de la abogada “la necesidad de esta reforma surge sencillamente de que no se está aplicando el Código Penal de manera correcta”. O lo que es lo mismo: como los jueces no interpretan las leyes como lo hace la industria y sus representantes del Ministerio, es necesario quitarlos del medio. Tras perder varios partidos seguidos, le dicen al árbitro “mejor deme a mí el silbato, que ya me encargo yo de ésto”.

Sólo un país inmerso en la más absoluta mediocridad moral e intelectual puede no llevarse las manos a la cabeza ante la posibilidad de que un órgano administrativo decida atribuirse la potestad de calificar una conducta como ilícita sólo porque los jueces no la consideran como tal. Hoy el Gobierno ha decidido que los jueces se han equivocado con su calificación de las páginas de enlaces de modo que, en adelante, deben encargarse ellos mismos directamente. Mañana, ¿qué será? ¿Qué puerta se está abriendo con esta propuesta?

Estoy hablando de páginas de enlaces pero, en puridad, la reforma no les atañe sólo a ellos. El tenor literal del texto de la reforma es mucho más amplio y señala directamente a toda aquella página web que obtenga algún rendimiento económico, por pequeño que sea, y quepudiera estar vulnerando algún derecho de propiedad intelectual: un blog con publicidad que suba una foto sin permiso o que haga una cita que no encaja exactamente en el derecho de cita, estaría en el punto de mira.

Mientras esto sucede, algunos “opinadores” profesionales de los medios de comunicación, incapaces de darse cuenta de que ellos son uno más de los muchos afectados, caricaturizan esta protesta dibujándonos como niños llorones que queremos descargas gratis, y ello por desconocer que esta reforma ni siquiera ataca directamente a las descargas. Lo que aquí está en juego es lo suficientemente grave como para que se rechace incluso por los que están contra las descargas y con independencia del signo político de cada cual, y es que se trata de dar el visto bueno a que un gobierno pueda arrancar de las manos a los jueces determinados asuntos sólo porque las decisiones que estaban adoptando no les gustan. Y no sólo eso, si la reforma termina cristalizando en una ley real se abre además otra puerta peligrosa: permitir que un órgano administrativo cierre páginas molestas en función de lo que éste considere que es una infracción de propiedad intelectual. De poco sirve la garantía de que la ley diga que en casos en los que el cierre afecte a la libertad de expresión será un juez el que decida, y para comprender la falta de solvencia de esa garantía basta con recordar las espeluznantes palabras de la Ministra de Cultura a este respecto: “la intervención de un juez puede ser necesaria en ocasiones, pero será la Comisión [del Ministerio de Cultura] quien valore esa opción”. O lo que es lo mismo, una vez iniciado el procedimiento será el propio Ministerio de Cultura quien decidirá, caso por caso, sobre su propia competencia y sobre la necesidad de que un juez intervenga o no.

- David Bravo

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Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en Internet”

02.Diciembre.2009

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

  1. Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
  2. La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
  3. La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
  4. La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
  5. Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
  6. Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
  7. Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
  8. Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
  9. Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
  10. En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este texto se publica multitud de sitios web. Si estás de acuerdo, publícalo también en tu blog, twittéalo, facebookéalo…

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Los frutos de tener tiempo libre…

05.Noviembre.2009

Hacía mucho que no escribía por aquí… Mi vida ha cambiado bastante. Por fin tengo algo de tiempo libre. Antes trabajaba en la obra entre 10 y 12 horas al día y muchas veces 7 días a la semana; ahora de 8 a 15h y de lunes a viernes. Un lujo.

Cosas que hago en mi tiempo libre:

  • Volver a estudiar, me he matriculado en la ingeniería de informática de sistemas. Se hace un poco raro después de 8 años sin coger un libro, pero de momento va bien… es más, pensé que nunca diría esto pero disfruto con los ejercicios de álgebra y análisis matemático.
  • Deporte.
  • Programar. He programado montones de cosas. Por supuesto están todas inacabadas. A continuación unos ejemplos:

Tengo empezado un foro para HispaShare.com. Debería terminarlo pero siempre encuentro algo más divertido para programar. Ya veremos si lo retomo un día de estos… sí, ya se que podría instalar un foro tipo phpBB, pero ¿qué gracia tendría? Podéis visitarlo aquí, tened en cuenta que todo lo que escribáis será borrado cuando se haga “oficial”.

Motocross MadnessHe hecho un emulador de GameBoy, escrito completamente en JavaScript. Lo empecé medio en broma para ver si era posible y sí, lo era. Usando el navegador Chrome de Google funciona perfectamente (su motor V8 es increíble), con Firefox funciona, pero lento. Además incluye un debugger con desensamblador, visor de CPU, volcado de memoria y esas cosas… Podéis probarlo aquí (usad Chrome!).

LOLP2PTambién he programado (en realidad está a medio hacer y tiene fallos) un buscador de eLinks, Torrents, Descargas Directas y más cosas. Lo he llamado LOLP2P, aunque tiene su propio dominio (lolp2p.com) de momento sólo es accesible desde aquí. Si algún día lo termino lo integraré en HispaShare. Recordad que esta inacabado y tiene errores!

Otra cosa que he hecho es una utilidad para arreglar subtítulos. En realidad es una tontería, pero ayuda a los rippers que tengan problemas con el proceso de OCR. Tener que corregir unos subtítulos a mano es una labor muy poco agradable y para eso hice “el arreglador de subtítulos“. Está muy lejos de ser perfecto pero ayuda bastante.

Además tengo empezadas otras dos webs de las que ya hablaré…

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Tres meses fuera

01.Marzo.2009

Como algunos sabrán yo no trabajo en nada relacionado con la programación o la informática, en realidad soy un obrero de la construcción. O lo era, hasta que llegó la crisis, que ha sido el detonante para tomar una decisión que debería haber tomado hace muchos años: alistarme en el ejército. Mañana (2 de marzo) cojo un vuelo para ir al centro de instrucción y ahí estaré durante tres meses.

No sé como será aquello ni los horarios que tendré. De todos modos he comprado un ordenador portátil y cuando tenga tiempo, si consigo conectarme a Internet, iré actualizando la web. Si la base tiene wifi (que no lo creo) no habrá problema y si no ya contrataré alguna tarifa plana de datos 3G para usar el teléfono móvil como módem (esperemos que haya cobertura en la zona).

De todos modos en estos momentos hay muchos colaboradores que publican directamente sus trabajos en la web así que seguramente todos los días habrá novedades.

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Sistema de comentarios terminado

16.Enero.2009

A partir de hoy, si estás registrado/a en la web, ya puedes escribir tus comentarios de las películas que hayas visto. Además puedes valorar los comentarios que hagan los demás (algo así como en Youtube).

Si una película tiene varios comentarios, inicialmente sólo mostrará el mejor valorado. Para verlos todos, hay un botón.

Todo el sistema esta hecho en AJAX y como acabo de ponerlo en marcha tal vez tenga algunos fallos que iré corrigiendo sobre la marcha.

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Nuevo servidor en marcha

08.Diciembre.2008
En algún rack como esos está HispaShare

En algún rack como esos está HispaShare

Ya hacía tiempo que la web necesitaba un nuevo servidor y por fin he hecho la mudanza. Ayer todavía había algunos usuarios con problemas debido a que no se actualizaron las DNS del dominio pero parece que hoy ya va todo sobre ruedas.

El nuevo servidor, comparado al anterior, tiene el doble de RAM, el doble de CPU, cuatro veces más de disco duro (en RAID-1) y lo que es mejor… está conectado a 100 mbps y sin límite de tráfico (el anterior iba a 6 mbps con 2.4TB de límite). Está alojado en Alemania por lo que los tiempos de respuesta deberían ser mucho menores (el anterior estaba en Las Vegas, EE.UU.).

El sistema operativo que usa es el GNU/Linux CentOS5. Antes usaba Debian, pero viene a ser lo mismo, sólo cambian algunas cosas de sitio y de nombre y en vez de apt-get, usa yum. La página la programé para PHP4 y ahora se ejecuta con PHP5 sin haberle hecho ningún cambio (supongo que es lo normal).

Como ya no tengo límite de transferencia, ahora todas las imágenes se sirven desde el mismo servidor, en vez de usar servidores externos como comenté anteriormente. Con esto ha mejorado notablemente la velocidad de carga de la página.

A ver cómo responde…

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Sobre cómo obtener el número de fuentes de un elink

11.Noviembre.2008

Puede que ya no lo recuerde nadie, en los tiempos de Razorback2, HispaShare tenía una funcionalidad que permitía ver (casi) en tiempo real el número de fuentes de cada elink. Pinchando un icono al lado de cada elink se veía una gráfica que mostraba el número de fuentes completas, parciales y peticiones que había tenido el elink en los últimos días y así comprobar el estado “de salud” de cada elink.

Obtener esos datos era facilísimo ya que el servidor Razorback2 tenía una web donde proporcionaba esa información. El servidor tuvo problemas legales y la web se cerró.

Desde ese momento, para obtener el número de fuentes lo que hice fue hacer un programilla que simulaba las peticiones UDP que hace eMule para obtener el número de fuentes de un elink determinado en cada servidor. Pero con el tiempo los servidores perdieron esa funcionalidad.

Había otra solución, en vez de hacer una petición UDP preguntando por el número de fuentes, hacías una petición con distintos opcodes que el servidor interpretaba como una búsqueda. Si buscas “ed2k::<hash>”, el servidor te devuelve el número de clientes que tienen un archivo con ese hash. Pero desde hace medio año, o puede que más, los servidores tampoco permiten hacer búsquedas de tipo “global” (es decir, por UDP). Prueba de ello es que si con eMule haces una búsqueda local y global obtienes los mismos resultados (puede que en global recibas SPAM si no tienes los filtros de IPs, otro día hablaré sobre ello…)

Resumiendo, ahora mismo, la única forma (que yo sepa!!!) de averiguar las fuentes que tiene un elink es conectarte vía TCP al servidor y preguntarle. Pero claro, eso ya no es tan fácil de programar… buscar por KAD queda descartado ya que no permite hacer búsquedas por Hash. Tendría que hacer un programa que se conectara a la vez a todos los servidores que pudiera para ir enviando las peticiones en paralelo. Haciendo una petición cada 5 segundos al cabo del día habría comprobado 17280 elinks, casi todos los de la web. Dando prioridad a los nuevos elinks podría hacer que las fuentes de éstos se vieran casi en tiempo real.

El protocolo no es muy complicado (aunque sí feo) pero no encuentro documentación decente y actualizada sobre él y no voy a perder el tiempo haciendo ingeniería inversa con un servidor local… eso ya lo hice con los UDPs xD

Tengo pensado reutilizar código de aMule (el eMule para Linux) pero mi nivel de C++ no alcanza esa categoría y me cuesta entenderlo pero tampoco me apetece traducir las funciones a otro lenguaje que me sea más familiar. Si alguien tiene experiencia en programar aplicaciones multihilo con sockets en C++ y le interesa explicarme cuatro cosillas, lo agradeceré. Sino ya me buscaré la vida… porque lo de obtener el número de fuentes es una obsesión…